comscore Venta Terreno, 1848m2, 4945m2 construibles, Pinzón 500, Boca | Argenprop

1/4

Pinzón 500

USD 855.000

Venta en Boca, Capital Federal

USD 855.000

  • Terreno

    Terreno

  • 1.848 m² Total

    1.848 m² Total

  • 4.945 m² Construible

    4.945 m² constr.

EXCELENTE LOTE c/DOS FRENTES/ 4225,75 m2 VENDIBLES

EXCELENTE LOTE c/DOS FRENTES/ sobre la calle Pinzón N° 546 y la calle Brandsen N° 555/ 4225,75 m2 VENDIBLES.-
DISTRITO Unidad de Sustentabilidad de Altura Baja 2 (U.S.A.B. 2) se modifica la altura máxima, pasa de 11,20m a 11,60m, lo cual permite materializar una PB de 3 m.-
Datos del Terreno
Calle Frente Laterales Superficie total
Pinzón 19,21 87,95 1848,7
Brandsen 22,83 88,37
SUPERFICIE CONSTRUIBLE 4945,75 M2/ SUPERFICIE DEDUCIBLES 720M2 /SUPERFICIE VENDIBLE 4225,75 M2
Desarrolló PB+3 Plantas tipo + 1 Retiro
Área de baja Mixtura de Usos del Suelo 2:área destinadas a residencia, servicios y comercios de mediana afluencia .-
Plusvalía Urbana : No corresponde .-
Nota: Estos números son una aproximación matemática y deben verificarse con referencia a un anteproyecto con consulta
Municipal. Las cocheras no están incluidas.-
Estudio de factibilidad realizado por profesional matriculado.-

Servicios: Cloacas, Gas

Otros Servicios: Medianera



Una empresa que crece pensando en Ud.
Piensa en Ud. cuando le brinda la tasación real dentro del mercado.
En el cual Ud. No es solo un cliente sino el cliente.

Legales
LEY N° 2.340
Artículo 11°.- SON DERECHOS DE LOS CORREDORES INMOBILIARIOS: Inciso 2°: Percibir honorarios por la actividad realizada y comisiones de su comitente según la retribución que libremente pacten y, de quien resulte contratante, la que se establezca por la ley. En el caso de tratarse de alquiler de inmuebles destinados a vivienda administrados por un corredor inmobiliario, el monto de los honorarios mensuales no podrá ser exigido a los inquilinos.



LEY N° 3.588
Artículo 1°.- Los corredores inmobiliarios deben exhibir en forma visible y destacada en los locales u oficinas comerciales en que desarrollen sus actividades -así como en su sitio web, si lo tuvieran- la transcripción de los artículos 11, inciso 2°, y 57 de la Ley N° 2.340, y de las normas nacionales aplicables en la materia, o las que en el futuro las reemplacen.
Artículo 2°.- Sin perjuicio de las facultades conferidas por ley al Colegio único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las infracciones a la presente ley son pasibles de las sanciones previstas por las leyes nacionales N° 22.802 y 24.240, según el caso, a través del procedimiento establecido por la Ley N° 757
Artículo 3°.- Comuníquese, etc.



LEY N° 5.859
Artículo 4°.- Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.
Artículo 5°.- Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato.

Ubicación

Boca, Capital Federal

Características

  • Zonificación: USAB2

  • Precio: USD 855.000

  • Sup. Construible: 4.945 m2

  • Sup. Total: 1.848 m2

  • Pavimento
  • Agua corriente
  • Electricidad
  • Gas natural

Código de aviso: 247291-6118457

Contactá al anunciante

María linkoniene