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Terreno
Terreno
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Terreno
terren.
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762 m² Total
762 m² Total
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17 mts Frente
17 mts Frente
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43 mts Fondo
43 mts Fondo
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3.400 m² Construible
3.400 m² constr.
Excelente Doble Lote, Próximo a Av Triunvirato y Subte B.
Frente: 17,04 m
Contrafrente: 17,55 m
Lateral Derecho: 43,80m
Lateral Izquierdo: 43,20m
Sup Total 762m2
ZONIFICACION USAM ALTURA DE 17.20 MTS. Metros construibles 3400 m2
PB 3Mts + 5 PISOS + 1 RETIRO VENDIBLE + UN SEGUNDO RETIRO 50% VENDIBLE Y PARA SALA DE MAQUINAS, ENCARGADO, USO COMUN, ETC... (EN TOTAL PB Y 7 PLANTAS), TAMBIEN SE PUEDE UTILIZAR TODO EL SEGUNDO RETIRO VENDIBLE DEJANDO UN SOBRERRECORRIDO PARA LA SALA DE MAQUINAS.
6.2.4. Unidades de Sustentabilidad de Altura Media (U.S.A.M.)
La edificabilidad máxima se corresponde con una Altura Máxima 17,20m con una altura de Planta Baja mínima de tres metros (3m), la cual no podrá tener una cota inferior a cero en los primeros ocho metros (8m) de fondo contados desde la L.O. con excepción de rampas vehiculares y escaleras..
El área edificable se encuentra limitada por L.O. y la L.F.I. Entre L.O. y la L.I.B. se podrá edificar subsuelo según el artículo 6.6. En parcelas de esquina estará definido por la L.O.E. En los casos de retiros obligatorios, estará definido por la L.E.
6.3. Perfil Edificable
La altura máxima sobre L.O. estará definida para cada Unidad de conformidad al parágrafo 6.2. a) Por encima de dicha altura, para el Corredor de Altura (C.A.), el Corredor Medio (C.M.) y las Unidades de Sustentabilidad de Altura Alta y Media (U.S.A.A. y U.S.A.M.) se podrá construir un nivel retirado a dos (2) metros de L.O. con una altura máxima de tres (3) metros. Por encima de dicho nivel, se podrá construir otro nivel, retirándose a cuatro (4) metros de la L.O. y de la L.F.I., sin sobrepasar un Plano Límite trazado a siete (7) metros de la altura máxima de la fachada, en este nivel podrán ubicarse servicios y espacios de uso común, la vivienda de encargado, tanques de distribución de agua, locales para máquinas de ascensores, cajas de escalera, calderas, chimeneas, instalaciones de acondicionamiento de aire y parapetos de azotea, en tanto no se superen los planos límite establecidos en el presente.
En este caso, la altura máxima coincidirá con el Plano Límite.
6.3.1. Construcciones Permitidas por sobre los Planos Límites
Por encima de los Planos Límites determinados en el artículo 6.3 solo podrán sobresalir antenas según el artículo 6.10, pararrayos y conductos, balizamientos cuando sean exigidos por autoridad técnica competente; claraboyas; paneles solares; chimeneas y parapetos de azoteas de hasta un metro y veinte centímetros (1,20) de altura. Se podrá superar en dos (2) metros en U.S.A.B. 2 y U.S.A.M. y tres metros con veinticinco centímetros (3,25 metros) en U.S.A.A.,
El o los valores de capacidad edificable que se presentan como "Superficie a construir" corresponden al máximo edificable, incluyendo espacios comunes, áreas de servicios, escaleras, ascensores, etc. y no toma en cuenta eventuales patios verticales, espacios urbanos, retiros a efectos de no generar medianeras expuestas, posibles compensaciones, posibilidades de enrases o asimilación respecto a edificaciones contiguas. Valores de capacidad edificable calculados en base al Código Urbanístico -
Ley 6099/18 (BO N° 5526, 27/12/2018). La información suministrada por Peñaloza Negocios Inmobiliarios es a título orientativo.´
C.U.C.I.C.B.A. Matrícula Nº 1993 (Carlos O Peñaloza)
AVISO LEGAL: Las descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, impuestos y servicios, fotos y medidas de este inmueble son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes y discordancias con las que surgen de los las facturas, títulos y planos legales del inmueble. El interesado deberá realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales las copias necesarias de la documentación que corresponda.
Venta supeditada al cumplimiento por parte del propietario de los requisitos de la resolución general Nº 2371 de la AFIP (pedido de COTI)
Ubicación
Villa Ortuzar, Capital Federal
Características
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Long. Frente: 17 m
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Long. Fondo: 43 m
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Zonificación: USAM
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Medida Lineal Derecha: 43.80 m
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Medida Lineal Izquierda: 43.20 m
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Tipo de Terreno: Terreno
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Tipo de Pendiente: Plana
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Tipo de Vista: Vista ciudad
Datos básicos
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Precio: USD 1.400.000
Superficie
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Sup. Construible: 3.400 m2
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Sup. Total: 762 m2
Instalaciones del terreno
- Agua cloaca
- Agua corriente
- Luz eléctrica
- Pavimento
Servicios del Terreno
- ABL
- Agua corriente
- Electricidad
- Gas envasado
- Gas natural
- Teléfono
Código de aviso: BY25455
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